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ALGUNOS MALENTENDIDOS MUY COMUNES:
Cuando hablamos de adopción internacional existen algunos tabúes y muchos malentendidos. Uno de los más populares son:
Argentina prohibe las adopciones internacionales. Esto requiere una explicación ya que si lo tomamos literalmente la respuesta seria Sí, es cierto. La legislación Argentina vigente dice que no se permite la adopción de niños argentinos por familias extranjeras mientras que la familia no tenga 5 años de residencia en Argentina. Tomando eso en consideración la adopción internacional está prohibida. Por otra parte la adopción de un niño extranjero por una familia argentina está prevista en la ley de adopciones argentina y SIes legal y se puede realizar. Es por eso que cuando las familias acuden a una repartición publica a solicitar un documento para realizar una adopción internacional los empleados públicos caen en pánico ya que han leído solo una parte de la información.
Lo mismo sucede si usted es un ciudadano mexicano y lee en la ley que las adopciones independientes son ilegales y están prohibidas. Si es cierto en su país están prohibidas, ningún extranjero puede realizar una adopción independiente en México ni tampoco es aceptable para los mexicanos que adopten en ese país, pero eso no quiere decir que usted ciudadano mexicano no pueda realizar una adopción independiente en un país que lo permita.
Es importante aclarar que de acuerdo a La Haya las adopciones internacionales se realizan siguiendo las pautas del país de nacionalidad del niño, no las leyes de residencia del padre.
La adopción internacional tiene una gran cantidad den variante es por eso que es necesario que usted llame primero y se asegure de que de acuerdo a las leyes vigentes usted podrá cumplir con todos los compromisos y requerimientos.
Lame, pregunte, asesórese y decida sabiendo en que se está metiendo.
Algunos países como Argentina tienen problemas para emitir la documentación oficial y necesitara de ayuda profesional para poder lograr conseguir que le emitan los documentos en una autoridad competente y por vía judicial.
Autoridades competentes son las establecidas en cada país para emitir los documentos oficiales necesarios para comenzar los trámites de adopción, en Argentina hay varias entidades ya que es un país Federal y cada provincia tiene sus propias entidades designadas. El RUAGA sería entonces la entidad competente ya que es la entidad de registro central y único de adopciones, pero ellos solo tramitan la documentación para las adopciones nacionales. No se moleste en ir a pedirles documentación para adopción internacional porque no le podrán ayudar. |